Términos y condiciones de Nomadier Living
Términos y condiciones de Nomadier Living
TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE HOSPEDAJE Y DE ESTANCIA TURÍSTICA EVENTUAL, EN LO SUCESIVO “EL CONTRATO”, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE NEO OFFICES SA DE CV A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “EL ANFITRIÓN”, Y POR LA OTRA “EL HUÉSPED” INDICADO EN LA “RESERVACIÓN”, COMO SE DEFININE MÁS ADELANTE Y QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATO, QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
I. Declara “El Anfitrión” que:
a) Es una persona moral legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas, lo que se acredita con el testimonio de la escritura pública número 7450, de fecha 02 de Diciembre 2014, otorgada ante la fe del Carlos Cataño Muro Sandoval Notario Público número 51, en Ciudad de mexico, e inscrita en el Registro Público de Comercio de Ciudad de Mexico bajo el número 532731-1, de fecha 27 de marzo del 2014, y que el(a) Yosef Zonana Guiznberg en su carácter de representante legal, en este acto interviene con las facultades que se le confieren en el testimonio de la escritura pública número 7450, de fecha 02 de Diciembre 2014, otorgada ante la fe del Carlos Cataño Muro Sandoval, Notario Público número 51 del Ciudad de Mexico, y que dichas facultades no le han sido revocadas, modificadas o limitadas a la fecha de firma de este Contrato. [JJ1]
b) Dentro de su giro se encuentra la prestación, por cuenta propia o de terceros, de servicios de Hospedaje y de Estancia Turística Eventual en inmuebles de uso habitacional, ya sean casas o edificios completos, o en sus habitaciones o apartamentos por separado (en adelante, individualmente designados como el “Inmueble”). Su domicilio se encuentra ubicado en C. Atlixco 76 Colonia Condesa, Cuauhtémoc, 06140 Ciudad de México, CDMX, México lugar donde presta los Servicios de Hospedaje y de Estancia Turística Eventual materia del presente Contrato (en adelante, conjuntamente los “Servicios de Hospedaje”), mismo que señala como domicilio convencional para todos los efectos de este instrumento.
c) Se encuentra inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes con la clave NOF141202L15;
d) El Inmueble cuenta con instalaciones seguras e higiénicas y con las condiciones e insumos necesarios para prestar los Servicios de Hospedaje; así como con personal capacitado en la atención de hechos relacionados con actos de discriminación.
e) Se prohíbe negar, excluir o distinguir el acceso o prestación de los servicios a cualquier persona o colectivo social por el tono de su piel, origen étnico, nacional, raza, lengua, sexo, género, edad, discapacidad, condición jurídica, social o económica, identidad indígena, identidad de género, apariencia física, condiciones de salud, religión, formas de pensar, orientación o preferencia sexual, por tener tatuajes, perforaciones o cualquier otra razón que tenga como propósito impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos.
f) Para atender cualquier solicitud o reclamación del Huésped, pone a su disposición el número telefónico: +525566763867 y el correo electrónico: Nomadier.Living@gmail.com, con un horario de atención de las 7:00 horas a las 22:00 horas.
g) Adicionalmente, para la atención de quejas, denuncias y emergencias, el Huésped podrá ponerse en contacto con las autoridades competentes, a través de los siguientes medios:
- Emergencias. Teléfono: 911. Horarios: 24 horas.
- Área de atención telefónica acreditada por Gobierno de la Ciudad de México:
LOCATEL. Teléfono: 55-5658-1111. Horarios: 24 horas.
- Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de México. Teléfono: 55-4737-7700.
- Correo electrónico: atencion.invea@cdmx.gob.mx. Horarios: Lunes a jueves de 9:00 a 18:00 horas. Viernes de 9:00 a 15:00 horas.
h) Ha informado al Huésped las características y las tarifas de los Servicios de Hospedaje, incluyendo los servicios complementarios; así como la tasa del Impuesto Sobre el Hospedaje aplicable en la Ciudad de México.
i) Ha dado a conocer al Huésped los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato, así como las Reglas o Reglamento de uso del Inmueble, en adelante simplemente el “Reglamento del Inmueble”; documentos que se encuentran disponibles para su consulta y descarga, en el Inmueble y en el sitio web: https://be.nomadierliving.com/es/terms-and-conditions.[JJ2] [RD3]
j) Protegerá y tratará los datos personales del Huésped, únicamente con la finalidad de prestar los Servicios de Hospedaje y conforme a lo previsto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. Para obtener más información sobre el tratamiento y protección de sus datos personales deberá consultar el aviso de privacidad, en el Inmueble y en el sitio web: https://be.nomadierliving.com/es/terms-and-conditions.[JJ4] [RD5]
II. Declara “El Huésped” que:
a) Es una persona física con capacidad legal y económica para obligarse en los términos del presente Contrato, y se identifica con el documento oficial que demuestra su mayoría de edad.
b) Tiene la ocupación, origen, procedencia y lugar de residencia señalados en la “Reservación”, como se define más adelante.
c) Manifiesta bajo formal protesta de decir verdad que tiene relación de parentesco, la tutela legal o bien la guardia y custodia de los menores de edad que lo acompañan (en su caso), como lo acredita con documento idóneo.
d) El Inmueble cuenta con instalaciones seguras e higiénicas y con las condiciones e insumos necesarios para el Hospedaje.[JJ6] [RD7]
e) Conoce a satisfacción las características, instalaciones, ubicación, superficie, cupo, estado, accesorios, servicios y las áreas comunes correspondientes del Inmueble.
f) Conoce las tarifas de los Servicios de Hospedaje prestados por el Anfitrión en el Inmueble, incluyendo los servicios complementarios.
g) Conoce la tasa de los Impuestos aplicables, incluyendo el Impuesto Sobre el Hospedaje aplicable en la Ciudad de México, estando conforme con los mismos.
h) Conoce los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato, así como el Reglamento del Inmueble; documentos que manifiesta haber leído y tener a su disposición.
i) Conoce el tratamiento y protección proporcionados por el Anfitrión a sus datos personales.
En virtud de las Declaraciones anteriores, “Las partes” convienen en obligarse conforme a las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- CONSENTIMIENTO.- Mediante la confirmación de la reservación del Inmueble, efectuada por el Huésped ya sea directamente o a través de terceros, bien sea a través de Plataformas Tecnológicas o por medio de Agencias de Viajes en Línea (OTAs) debidamente autorizadas, o bien reservando directamente con el Anfitrión, o simplemente mediante la suscripción de la Hoja de registro del Inmueble (Anexo A), en adelante indistintamente la “Reservación”; las partes manifiestan su voluntad para obligarse de conformidad con este Contrato, obligándose el Anfitrión a poner a disposición del Huésped el Inmueble conforme a lo estipulado en la Reservación y el Huésped, a su vez, se obliga a pagar el precio cierto y determinado vigente al momento de realizarla, comprometiéndose a cumplir con todos los términos y condiciones del presente Contrato.
Todas las personas que se hospeden en el Inmueble, sin importar si la Reservación fue realizada por un Tercero, están sujetas a todos los Términos y Condiciones del presente Contrato por ese solo hecho, por lo que también serán Consideradas individualmente como Huésped, siendo corresponsables con la persona que realizó la Reservación, del cumplimiento de todas las obligaciones establecidas a su cargo en el presente Contrato.
SEGUNDA.- OBJETO.- El objeto del presente Contrato consiste en la prestación de Servicios de Hospedaje y de Estancia Turística Eventual en el Inmueble (“los Servicios de Hospedaje”), por parte del Anfitrión y en favor del Huésped, cuyas características y tarifas variables, de acuerdo a los precios del mercado, se indican tanto en los listados puestos a disposición del público en general a través de las páginas web y aplicaciones de las Plataformas Tecnológicas y las OTAs, así como en la Lista de Tarifas (Anexo C) que forma parte integral del presente Contrato, misma que se encuentra a disposición del público en general y del huésped tanto en el Inmueble, como en el sitio web: https://be.nomadierliving.com/es/terms-and-conditions.[JJ8] [RD9]
Las partes están de acuerdo en que los Servicios de Hospedaje no incluyen servicios complementarios, tales como servicios de venta de alimentos y bebidas; de aseo, de lavandería o planchaduría; de peluquería o spa; de oficina o coworking, de eventos o de entretenimiento; entre otros análogos que están sujetos a disponibilidad en cada caso y que se indican en la Lista de precios de Servicios Complementarios (Anexo D) para fines informativos; así como tampoco incluyen los servicios externos, proporcionados por terceros.
TERCERA.- TARIFA DEL HOSPEDAJE.- Las partes manifiestan su conformidad en que el precio a pagar por el Huésped, como contraprestación por los Servicios de Hospedaje, es el precio que le fue informado al momento de confirmar su Reservación o, en su caso, su modificación autorizada por el Anfitrión; y, en su defecto, es el que resulte de aplicar a las noches de estancia, los precios vigentes publicados en la Lista de Tarifas (Anexo C) puesta a disposición del Huésped (la “Tarifa del Hospedaje”).
A la Tarifa del Hospedaje, deberá agregarse el precio de los servicios adicionales de Hospedaje, indicados en la Lista de Tarifas (Anexo C), que sean devengados por el Huésped durante su estancia, en adelante la “Tarifa total del Hospedaje”; obligándose el Anfitrión a respetar todos los precios, sin que pueda cobrar al Huésped otros servicios sin su consentimiento.
El Huésped es responsable de cualquier Modificación que realice a la Reservación, aceptando pagar cualquier cantidad adicional, comisión o impuesto asociado a la misma.
CUARTA.- FORMA Y LUGAR DE PAGO.- El Huésped efectuará el pago de la Tarifa del Hospedaje, en moneda nacional[JJ10] [RD11] , en el tiempo y modo estipulado en la Reservación, a través de los sistemas de pago de las Plataformas Tecnológicas o de las OTAs en su caso o, en su defecto, de forma directa al Anfitrión en el Inmueble, a más tardar en el día de su salida (“Check-out”).
El Huésped podrá realizar todos los pagos aplicables, de contado, con tarjeta de débito, tarjeta de crédito, transferencia electrónica de fondos o depósito bancario, debiendo comprobarlos, sin menoscabo de poder realizarlos en efectivo en moneda extranjera, al tipo de cambio publicado en el Diario Oficial de la Federación al día en que se efectúe el pago. Todos los pagos se entenderán recibidos salvo buen cobro.
El Huésped autoriza al Anfitrión a realizar una retención de fondos o preautorización en su tarjeta de débito o crédito, el día de su arribo (“Check-in”) o previo a esta fecha, para garantizar el pago de la Tarifa del Hospedaje, en caso de que no compruebe haberla cubierto ya, así como por concepto de depósito que garantice el pago de los servicios adicionales de Hospedaje y de los servicios complementarios, que llegara a requerir durante su estancia; así como los posibles daños que llegara a causar al Inmueble.[JJ12] [RD13]
En caso de que el Huésped no compruebe haber cubierto el pago de la Tarifa del Hospedaje el día del Check-in o Durante su estancia no lo garantice en forma alguna, el Anfitrión estará autorizado para cancelar la Reservación y negarle el acceso al Inmueble, o desalojarlo.
El Huésped podrá realizar el depósito requerido, conforme al párrafo anterior, en efectivo el día del Check-in, en caso de que no cuente con otro medio de pago o el utilizado no sea suficiente, debiendo esperar para su devolución o liberación a la revisión que efectúe el Anfitrión de que no existan adeudos pendientes de pago, o daños por cubrir.
A más tardar el día del Check-out, el Huésped deberá haber cubierto la Tarifa total del Hospedaje y el precio total de los servicios complementarios.
No podrá el Huésped en ningún caso retener o condicionar el pago de la Tarifa del Hospedaje, de los servicios complementarios, o de cualquier servicio devengado, por ningún motivo ni bajo ningún título. Llegada la fecha de pago, se entenderá que el Anfitrion ha hecho el requerimiento de pago correspondiente al Huésped, en tiempo y forma, para todos los efectos legales.
El retraso en el pago de cualquier prestación a cargo del Huésped generará intereses moratorios a razón del 0.5% diario sobre saldos insolutos, hasta su total liquidación (los “Recargos”).
En caso de que el Prestador tenga que incurrir en alguna comisión bancaria derivada del método de pago elegido por el Huésped, la misma deberá de ser cubierta en su totalidad por éste.
En caso de existir algún adeudo a cargo del Huésped, el Anfitrión podrá aplicar el Depósito al pago del mismo hasta donde alcance, sin perjuicio de la subsistencia de su obligación de pago por el remanente.
En caso de negativa de pago por parte del Huésped, estará prohibido al Anfitrión retenerlo en su persona, debiendo solicitarse la intervención inmediata a las autoridades competentes y, conforme a lo establecido en el artículo 2669 del Código Civil para la Ciudad de México, el Anfitrión podrá retener en prenda su equipaje, hasta que obtenga el pago de lo adeudado.
QUINTA.- RECEPCIÓN Y SALIDA DEL HUÉSPED.- El Anfitrión entregará el Inmueble al Huésped a más tardar a las 15:00 (quince) horas del día de su arribo (“Check-in”), y el huésped deberá desocupar la habitación a más tardar a las 10:00 (diez) horas del día de su salida (“Check-out”). El Huésped tendrá derecho a un periodo de tolerancia de 60 (sesenta) minutos a partir de la hora de salida para desalojar el Inmueble sin cargo alguno, en caso contrario deberá cubrir la tarifa vigente para esa noche o las noches adicionales que ocupe el Inmueble, de conformidad con la Lista de Tarifas (Anexo C). En todo caso, el Huésped acepta que el Anfitrión realice el cargo automático de la o las noches adicionales al Método de Pago registrado, habiendo transcurrido el periodo de tolerancia, sin perjuicio del depósito realizado.
SEXTA.- SERVICIOS COMPLEMENTARIOS Y EXTERNOS.- Como complemento de los Servicios de Hospedaje, el Anfitrión podrá proporcionar al Huésped, en el Inmueble, los servicios complementarios indicados en la Lista de precios de Servicios Complementarios (Anexo D), misma que se encuentra a disposición del Huésped para su consulta tanto en el Inmueble, como en el sitio web: https://be.nomadierliving.com/es/terms-and-conditions.
Dichos servicios, sujetos a disponibilidad en cada caso, podrán consistir en servicios de venta de alimentos y bebidas; de aseo, de lavandería o planchaduría; de peluquería o spa; de oficina o coworking, de eventos o de entretenimiento; entre otros análogos; y deberán ser autorizados por el Huésped de forma expresa[JJ14] [RD15] en el Anexo A.
Los servicios externos, proporcionados por terceros, tales como servicios de agencia de viajes, tours o guías de turistas; de mensajería o delivery; de renta de autos, taxis o shuttles; entre otros análogos; que hayan sido difundidos por el Anfitrión con arreglo en colaboraciones comerciales, son de la exclusiva responsabilidad de quienes los presten, por lo que deberán ser autorizados expresamente por el Huésped y cubiertos directamente a los prestadores externos, [JJ16] [RD17] de conformidad con sus propios términos y condiciones, deslindándose el Anfitrión de toda responsabilidad relacionada con éstos.
SÉPTIMA. RESTRICCIONES.- El Anfitrión vigilará que se conserve la seguridad de las personas y que no se ocupe el Inmueble para actividades que alteren el orden público o afecten el interés social, o para la posible comisión de un delito, en cuyos casos deberá dar aviso a las autoridades competentes.
Derivado de lo anterior, se encuentra estrictamente prohibido:
1. El Ingreso al Inmueble de menores de edad que no estén acompañados de quien acredite tener una relación de parentesco, su tutela, o su guarda y custodia; y de aquellos que no se registren.
2. El acceso al Inmueble con mascotas, salvo el caso de perros de asistencia o de compañía, sujeto a disponibilidad.
3. El acceso al Inmueble con todo tipo de armas, sin contar con la licencia o autorización correspondiente vigente, en términos de los artículos 24 y 35 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. En estos casos la portación de armas no deberá alterar la paz y el orden en el Inmueble y deberan portarlas exhibidas publicamente. Ademas de notificar a el Anfitrión.
4. Generar ruido que afecte a terceros.
5. Exceder la capacidad de aforo del Inmueble.
6. Fumar en el Interior del Inmueble y en todos los espacios cerrados de acceso al público.
7. El cruce de apuestas en el interior del Inmueble.
8. El lenocinio, pornografía, prostitución, consumo y tráfico de drogas, delitos contra la salud, corrupción de menores, turismo sexual, trata de personas con fines de explotación sexual.
9. La grabación o videograbación de contenido, video o fotografías comerciales dentro del Inmueble. [JJ18] [RD19]
10. Dañar, modificar, alterar o intervenir en modo alguno el Inmueble, sus instalaciones, acabados o menaje.
OCTAVA. OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
A. EL ANFITRIÓN SE OBLIGA A:
1. Confirmar la Reservación al Huésped, previa información de las características y las tarifas de los Servicios de Hospedaje, así como de cualquier servicio complementario.
2. Informar al Huésped sobre los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato, y a cumplir con los mismos.
3. Informar al Huésped sobre el Impuesto Sobre el Hospedaje aplicable en la Ciudad de México.
4. Informar al Huésped sobre el Reglamento del Inmueble.
5. Informar al Huésped cualquier restricción o prohibición que aplique dentro del Inmueble.
6. No discriminar en forma alguna al Huésped.
7. Atender quejas, denuncias y reclamaciones del Huésped.
8. Permitir el acceso al Inmueble a personal autorizado por el Instituto de Verificación Administrativa[JJ20] [RD21] , así como al personal de los cuerpos policiales en cumplimiento de una comisión.
9. Permitir el acceso al Inmueble a perros de asistencia.
10. Emitir y entregar al Huésped el comprobante fiscal que ampare los cobros realizados por concepto de Tarifa total del Hospedaje y servicios complementarios.
11. Proteger los datos personales del Huésped.
12. Hacer efectivo el seguro de responsabilidad civil con que cuente el Inmueble.
B. EL HUÉSPED SE OBLIGA A:
1. Exhibir documento oficial que demuestre su mayoría de edad, así como registrarse y registrar a sus acompañantes y visitantes en el Anexo A.
2. Acreditar con documento oficial, tener parentesco, tutela o guarda y custodia de menores de edad que lo acompañen y a registrarlos en el Anexo A.
3. Informar al Anfitrión, antes de realizar la Reservación, si pretende ingresar al Inmueble con mascotas, mismas que en todo caso están sujetas a los Términos y Condiciones establecidos en el presente Contrato.[JJ22] [RD23]
4. Cumplir con el control de llegadas y salidas del Inmueble, incluyendo nombre, ocupación, origen, procedencia, lugar de residencia y datos de contacto para casos de emergencia, de todos los ocupantes del inmueble. [JJ24] [RD25]
5. Observar y hacer observar por sus acompañantes y visitas las normas de higiene y convivencia social.
6. No realizar actos contrarios a las normas, y no realizar conductas ofensivas o discriminatorias.
7. Respetar y hacer respetar por sus acompañantes y visitas el Reglamento del Inmueble.
8. Pagar la Tarifa total del Hospedaje en el modo establecido en la Reservación y a más tardar el día del Check-out, sin que haber presentado una reclamación exima del pago.
9. No solicitar con posterioridad, la cancelación o contracargo de los cargos legítimamente realizados por el Anfitrión, a su institución bancaria.
10. Respetar y hacer respetar por sus acompañantes y visitas el entorno natural, cultural e histórico, así como las costumbres, comportamientos y creencias del lugar.
11. Cumplir y hacer cumplir por sus acompañantes y visitas los términos y condiciones del presente Contrato.
12. Cubrir el pago del Impuesto Sobre el Hospedaje aplicable en la Ciudad de México, así como del Impuesto al Valor Agregado.
13. Cumplir con las restricciones o prohibiciones que aplican en el Inmueble.
14. Destinar el Inmueble exclusivamente para su uso habitacional, debiendo cuidarlo como propio.
15. No alterar el orden público ni afectar el interés social.
16. Permitir el acceso al Inmueble al Anfitrión o el personal a su cargo, para realizar labores de mantenimiento o limpieza del inmueble, o en casos de emergencia.
17. Permitir el acceso al Inmueble a personal autorizado por el Instituto de Verificación Administrativa, así como al personal de los cuerpos policiales en cumplimiento de una comisión.
18. Autorizar el cargo automático a través de la forma de pago preautorizada o mediante cualquier otra forma de pago, de todos los daños o pérdidas causados al Inmueble, su menaje, instalaciones o acabados, que sean debidamente comprobados de acuerdo con la depreciación del bien, y en caso contrario, a ser puesto a disposición de las autoridades por el delito que corresponda.
19. Cubrir los importes correspondientes por concepto de multas a las que se haga acreedor por incumplir los Términos y Condiciones del Contrato, o el Reglamento del Inmueble, conforme a los montos establecidos en la Lista de tarifas (Anexo C).
NOVENA.- REGLAMENTO DEL INMUEBLE.- Las partes convienen en que el uso de las instalaciones del Inmueble (además de lo estipulado en el presente Contrato), se sujeta a lo dispuesto en el Reglamento del Inmueble, documento que se agrega al presente Contrato como Anexo B, y que se encuentra a disposición del Huésped para su consulta y descarga, tanto en el Inmueble, como en el sitio web: https://be.nomadierliving.com/es/pages/reglamento-del-inmueble.
El Huésped reconoce que por el sólo hecho de hospedarse en el Inmueble acepta las reglas contenidas en el Reglamento, mismas que regulan el uso adecuado de las instalaciones del Inmueble, sin perjuicio de lo previsto en el presente Contrato.
DÉCIMA. POLÍTICAS DE CANCELACIÓN.- La cancelación de la Reservación es aplicable en cada caso concreto, atendiendo a la política de cancelación correspondiente, conforme a lo siguiente.
A. En los casos en que la Reservación haya sido confirmada a través de Plataformas Tecnológicas o por medio de Agencias de Viajes en Línea (OTAs) debidamente autorizadas, será aplicable la política de cancelación vigente en el medio correspondiente al momento de confirmarse la Reservación, debiendo realizarse la cancelación conforme al procedimiento indicado en el mismo.
B. Lo mismo resultará aplicable en el caso de que el Anfitrión se vea en la necesidad de cancelar la Reservación confirmada a través de alguno de esos medios, sin culpa del Huésped.
C. En los casos en que la Reservación haya sido confirmada directamente con el Anfitrión, o en defecto de cualquier otra política de cancelación aplicable, siempre que se realice por escrito y que los Servicios de Hospedaje no se hayan prestado al Huésped, resultará aplicable la siguiente política de cancelación:
1. Para recibir un reembolso completo, el Huésped debe cancelar por lo menos 30 días antes del Check-in.
2. Si cancela entre 15 y 30 días antes de la llegada, el Huésped recibirá el reembolso correspondiente al 50% de las noches reservadas.
3. Si cancela menos de 7 días antes de la llegada, el Huésped no recibirán reembolso alguno.
4. El Anfitrión tendrá la opción de ofrecer una fecha distinta al Huésped, sujeta a disponibilidad.
5. En caso de que la reservación esté sujeta a una promoción directa por parte del Anfitrión, el Huésped acepta que la tarifa no será reembolsable.
En estos casos el Anfitrión deberá dar contestación a la solicitud de cancelación del Huésped en un plazo de 120 (Ciento y Veinte) horas y a falta de respuesta se entenderá que la cancelación fue aceptada, sin perjuicio de las penalizaciones antes indicadas.
D. En los casos del inciso anterior, cuando el Anfitrión se vea en la necesidad de cancelar la Reservación, sin culpa del Huésped, estando cubierta la Tarifa total del Hospedaje, resultará aplicable la siguiente política de cancelación:
1. El Anfitrión deberá emitir un reembolso completo si cancela por lo menos 24 (Veinte y Cuatro) horas antes del Check-in.
2. Si cancela entre las 24 (Veinte y Cuatro) horas antes Check-in y el Check-in, el Anfitrión deberá emitir un reembolso completo o en su caso, podrá proporcionarle un servicio de Hospedaje similar al pactado, con las mismas condiciones y características.
3. Si cancela después del Check-in, el Anfitrión deberá emitir el reembolso correspondiente al 100% del precio de las noches que no se hayan disfrutado o, en su caso, podrá proporcionarle un servicio de Hospedaje similar al pactado, con las mismas condiciones y características.
E. En los casos en que el Huésped no se presente en el Inmueble el día del Check-in (“No show”), el Anfitrión estará autorizado para realizar el cobro del 100% de la Tarifa total del Hospedaje, con independencia de que el Huésped se presente después y sólo haga uso de parte de las noches reservadas.
DÉCIMA PRIMERA. CAUSAS DE RESCISIÓN.- Es causa de rescisión del presente Contrato, el incumplimiento por alguna de las partes de cualquiera de las restricciones u obligaciones establecidas a su cargo en el mismo.
En caso de rescisión de este Contrato por culpa de Huésped, éste no tendrá derecho a reembolso ni bonificación alguna, debiendo cubrir además los daños y perjuicios que se le hayan ocasionado al Anfitrión, mediante la forma de pago utilizada para cubrir o garantizar la Tarifa del Hospedaje y/o cualquier otra prestación debida o, en caso de ser insuficiente ésta, mediante cualquier otra forma de pago. En estos casos el Anfitrión estará autorizado para negarle el acceso al Inmueble o desalojar al Huésped.
En caso de rescisión del presente Contrato por culpa del Anfitrión, éste tendrá derecho a corregir el motivo de incumplimiento en un plazo de 72 (setenta y dos) horas, de lo contrario deberá emitir el reembolso correspondiente al 100% del precio de las noches efectivamente pagadas, que no se hayan disfrutado por el Huésped, o bien podrá ofrecerle la opción de un servicio adicional u Hospedaje Substituto, conforme a la Cláusula siguiente.
DÉCIMA SEGUNDA.- DÉCIMA SEGUNDA.- HOSPEDAJE SUSTITUTO.- En caso de que el Anfitrión no le proporcione al Huésped los Servicios de Hospedaje en las condiciones y especificaciones pactadas en el presente Contrato, el Huésped podrá optar entre recibir un servicio de Hospedaje similar al pactado, ofrecido por el Anfitrión, con las mismas condiciones, características y precio, o bien, rescindir el contrato en términos la Cláusula anterior.
La disponibilidad del Inmueble puede variar debido a necesidades operativas o de mantenimiento. El Anfitrión se reserva el derecho de asignarle al Huésped un alojamiento similar sin previo aviso si es necesario para optimizar su experiencia o por razones operativas.
Los cambios de alojamiento a petición o por error del Huésped, están sujetos a disponibilidad y previo pago de la diferencia tarifaria aplicable. El Anfitrión informará al Huésped a la brevedad posible sobre la disponibilidad y tarifa del nuevo alojamiento, en caso de solicitarlo, así como la diferencia tarifaria aplicable para cubrir la Reservación bloqueada, en su caso.
DÉCIMA TERCERA. CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR.- Se entiende por caso fortuito o causa de fuerza mayor, aquellos hechos o acontecimientos ajenos a la voluntad de las partes, siempre y cuando, dichos hechos o acontecimientos sean disruptivos, imprevisibles, irresistibles, insuperables, actuales y no provengan de alguna negligencia o culpa de alguna de las partes.
Cuando los Servicios de Hospedaje no sean prestados por caso fortuito o causa de fuerza mayor, el Huésped tendrá derecho al reembolso del 50% de los pagos efectivamente realizados directamente al Anfitrión. En caso de que los servicios de Hospedaje se hayan prestado parcialmente, el Huésped solo tendrá derecho a que se le reembolse el 50% de la parte proporcional a los servicios de Hospedaje no prestados. [JJ26] [RD27]
Cuando el Huésped haya contribuido en forma alguna al caso fortuito o a la causa de fuerza mayor, que le impidiera total o parcialmente el uso o goce del Inmueble, se encontrará obligado al pago del 100% de la Tarifa total del Hospedaje.
DÉCIMA CUARTA.- PERROS DE ASISTENCIA Y DE COMPAÑÍA.- El Huésped podrá ingresar al Inmueble acompañado de un perro de asistencia, sin condición ni costo adicional, siempre que la necesidad de la asistencia sea notoria para cualquier persona o, en su defecto, únicamente si presenta documento reciente expedido por un profesional médico especializado, que incluya el número de su cédula profesional y la indicación de que la persona está bajo cuidado profesional por la condición que presenta y que requiere del perro para su asistencia.
En caso de que el Huésped no compruebe que el animal es un perro de asistencia, podrá ingresarlo al Inmueble como perro de compañía, sujeto a disponibilidad de espacio y cubriendo la tarifa adicional consultable en la Lista de tarifas (Anexo C). En todo caso, el perro deberá contar con cartilla de vacunación vigente para poder permitir su ingreso al Inmueble.
El perro deberá encontrarse en todo momento con correa o arnés y placa de identificación en todos los espacios de acceso al público; y no podrá dejarse sólo en ningún momento, ni siquiera dentro del Inmueble, Las mascotas no están permitidas en camas o muebles, Prohibido bañar o asear a las mascotas en el lugar, Las necesidades de las mascotas deben ser atendidas fuera de la propiedad. El incumplimiento de este deber será causa especial de rescisión del Contrato.
En caso de que el perro dañe el Inmueble, su menaje, instalaciones o acabados, el Huésped deberá cubrir al Anfitrión el costo de limpieza, reparación o reposición correspondiente.
DÉCIMA QUINTA.- RESPONSABILIDAD CIVIL.- El Anfitrión no será responsable en modo alguno por siniestros ocurridos en el Inmueble, ya sea por culpa o negligencia del Huésped, sus acompañantes y/o visitantes, o por caso fortuito o fuerza mayor; entre los cuales se incluyen de forma enunciativa, daños en sus personas o propiedades, o muerte accidental; así como daños al Inmueble y a terceros, en sus personas o propiedades.
El Huésped manifiesta su conformidad en que el Inmueble cuente con el seguro de responsabilidad civil previsto en las normas aplicables en la materia, en la Ciudad de México, por lo que en caso de haber realizado su Reservación a través de plataformas tecnológicas, si éstas lo contemplan acepta que bastará con el mismo.
DÉCIMA SEXTA.- AVISO DE PRIVACIDAD.- Ambas partes reconocen que previo a la firma del presente Contrato y en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, el Anfitrión hizo del conocimiento del Huésped el procedimiento para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de sus datos personales, mediante su aviso de privacidad[JJ28] [RD29] consultable en el Inmueble y en el sitio web: ____________________________.
Sin perjuicio de lo anterior, el Huésped acepta y autoriza al Anfitrión a transferir sus datos personales a la Secretaría de Turismo de la Ciudad de México y demás autoridades competentes que así lo requieran, de conformidad con la Ley de Turismo de la Ciudad de México y demás disposiciones legales aplicables.
DÉCIMA SÉPTIMA.- CONTRATACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS.- Las partes acuerdan que este Contrato y sus Anexos, las Reservaciones efectuadas a través de Plataformas Tecnológicas o por medio de OTAs, así como cualquier forma de manifestación del consentimiento, aprobación u otros documentos relacionados con el mismo, no requieren de firmas originales autógrafas para su validez, por lo que podrán ser firmados por medio del uso de firmas electrónicas o digitales, o bien mediante el uso de caracteres numéricos, alfanuméricos, huellas de voz, datos biométricos o de cualquier otra forma requerida para el acceso a las Plataformas Tecnológicas o sistemas de transmisión de datos, y que dichos medios alternativos de firma y los registros en donde sean aplicados los mismos, serán considerados como válidos para todos los efectos, incluyendo pero no limitado a la legislación civil, mercantil, administrativa y de protección al consumidor, así como a la NOM-151-SCFI-2016, con la misma fuerza y consecuencias que la firma autógrafa original de la parte firmante.
Si el Contrato o cualquier otro documento relacionado con el mismo es firmado por medios electrónicos o digitales, las Partes acuerdan que los formatos del Contrato y los demás documentos suscritos de tal modo, serán conservados y estarán a disposición de las Partes, por lo que convienen que toda la información intercambiada entre ambas para la celebración del presente Contrato será considerada como entregada en el momento en que la misma sea enviada, de conformidad con el sistema de transmisión de datos empleado, siempre y cuando exista confirmación de recepción.
DÉCIMA OCTAVA.- POLÍTICA DE PREAUTORIZACIÓN Y LIBERACIÓN DE FONDOS.- El Huésped acepta que al realizar su Reservación o durante el Check-in, es posible que se realice una preautorización en su tarjeta de crédito. Esta preautorización es una retención temporal de fondos que garantiza la disponibilidad de crédito para cubrir posibles cargos adicionales, como daños o consumos extra durante su estancia. La preautorización no es un cargo definitivo; los fondos no se retiran de la cuenta Huésped, pero sí se reducen temporalmente sus fondos disponibles.
Una vez finalizada la estancia y verificado que no existan adeudos, el Anfitrión solicitará la cancelación de la preautorización; esto liberará los fondos retenidos en la tarjeta de crédito del Huésped, restaurando su límite de crédito disponible. El tiempo que tarda en reflejarse la liberación de fondos depende exclusivamente de su institución bancaria, aunque generalmente, este proceso puede variar entre 24 a 72 horas. Sin embargo, algunos bancos pueden tardar más en actualizar su saldo disponible. Esta liberación no aparecerá como una transacción o reembolso en su estado de cuenta, simplemente notará que su línea de crédito o saldo disponible ha vuelto a la normalidad.
El Anfitrión le informará al Huésped sobre el proceso de preautorización al momento de su Reservación y/o Check-in, y estará disponible para responder cualquier pregunta o aclaración que necesite respecto a este proceso. Es responsabilidad del huésped proporcionar información precisa y actualizada de la tarjeta de crédito para evitar inconvenientes o demoras en el proceso de preautorización, así como el asegurarse de que su tarjeta de crédito tenga fondos o línea de crédito suficientes para cubrir el monto de la preautorización, en caso contrario el Anfitrión se reserva el derecho de cancelar la Reservación y negar el acceso al Huésped.
DÉCIMA NOVENA.- ACTIVIDADES ILÍCITAS.- El Huésped, sus acompañantes, visitas y/o los ocupantes del Inmueble, por su sólo uso, se obligan a ocuparlo única y exclusivamente para el objeto señalado en el presente Contrato, y en caso de incumplimiento aquellos serán los únicos responsables del uso que se le dé a dicho inmueble. Si se llegare a cometer algún delito en el Inmueble, aquellos serán los responsables directos ante las autoridades o tribunales competentes del fuero común o federal, deslindando desde este momento al Inmueble, al Anfitrión y/o propietarios, de toda responsabilidad.
El Huésped, sus acompañantes, visitas y/o los ocupantes del Inmueble se obligan a no poseer, consumir, utilizar o permitir en dicho inmueble el almacenamiento de toda clase de armas, pólvora o explosivos; así como de psicotrópicos, drogas de cualquier naturaleza, instrumentos para procesarlas y/o cualquier otro de naturaleza análoga que sirva o haya servido para cometer algún ilícito, o que sean instrumento o producto de éste, por lo que son y serán responsables directos en caso de que Inmueble, al Anfitrión y/o propietarios se vean involucrados por tales ilícitos, aceptando las partes que cualquier practica en contrario será causa de rescisión inmediata del presente Contrato y que se de intervención a las autoridades competentes.
El Huésped, sus acompañantes, visitas y/o los ocupantes del Inmueble, se obligan expresamente a sacar a salvo y en paz al Inmueble, al Anfitrión y/o propietarios, o sus representantes en caso de que dicho Inmueble se vea involucrado en cualquier procedimiento, incluyendo, pero sin limitar ante el Ministerio Público local o Federal por la aplicación de la “Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal” o su correlativo Federal o de aplicación local.
En el supuesto de que el Huésped, sus acompañantes, visitas y/o los ocupantes del Inmueble lo destinen a otro fin distinto al señalado y por dicho motivo se llegue a aplicar la Ley de Extinción de Dominio, ya sea federal o local, aquellos se obligan a indemnizar al Anfitrión y/o propietarios del Inmueble, por la cantidad que resulte de aplicar el valor comercial que tuviere el Inmueble al momento de la declaratoria de extinción de dominio, debiendo de cubrir dicha indemnización a más tardar dentro de los 30 días siguientes a que se notifique la misma a el Anfitrión y/o propietarios del Inmueble.
De igual forma El Huésped, sus acompañantes, visitas y/o los ocupantes del Inmueble, se obligan a sacar salvo y en paz al Inmueble, al Anfitrión y/o propietarios, o sus representantes, en caso de que por su culpa se inicie algún procedimiento de infracción a la Ley De Cultura Cívica de la Ciudad De México o la Ley de Establecimientos Mercantiles de la Ciudad de México, obligándose además a pagar los gastos y honorarios de abogados, así como la reparación del daño causado. Es obligación de El Huésped, sus acompañantes, visitas y/o los ocupantes del Inmueble, el informar de forma inmediata a el “Anfitrión y/o propietarios, o sus representantes, sobre cualquier notificación, procedimiento o juicio seguido en su contra.
VIGÉSIMA.- POLÍTICA AMBIENTAL.- El Anfitrión se compromete con la protección de los derechos de la naturaleza conformada por todos sus ecosistemas y especies como un ente colectivo sujeto de derechos. En consecuencia, promoverá el cuidado y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, teniendo el Huésped la obligación de hacer un uso eficiente y sustentable de los mismos.
El Huésped desarrollará sus actividades evitando generar algún tipo de contaminación y afectar la salud, la calidad del aire, el clima, la conservación del medio ambiente, la protección ecológica o provocar daños al ambiente, la biodiversidad y los recursos naturales.
El Anfitrión establecerá una política de manejo integral de los residuos acorde con las normas ambientales para la Ciudad de México, teniendo en cuenta el aprovechamiento sustentable del agua y el tratamiento de aguas residuales provenientes de sus actividades.
VIGÉSIMA PRIMERA. RESPONSABILIDAD FRENTE AL ANFITRIÓN.- En todo caso, el Huésped deberá resarcir de los daños y perjuicios, que el propio Huésped, sus acompañantes o visitas ocasionen al Anfitrión en su persona o patrimonio, o a los de terceros; ya sea por su dolo, mala fe, culpa o negligencia; incluyendo aquellos ocasionados por difamación o calumnias, así como por cualquier afectación en la operación y flujo del negocio, o competencia desleal.
VIGÉSIMA SEGUNDA. RESOLUCIÓN DE DISPUTAS.- Para todo lo relativo a la interpretación, aplicación y cumplimiento del presente Contrato, las Partes acuerdan resolver sus disputas mediante una amigable composición; en caso que no sea posible conciliar de común acuerdo, acuerdan someterse a la mediación de las Plataformas Tecnológicas o la OTAs mediante las cuales se haya confirmado la Reservación; y sólo en caso de que mediante este mecanismo no se logre la conciliación entre la partes, éstas convienen en someterse al arbitraje de la Procuraduría Federal del Consumidor, con sede en la Ciudad de México, y sólo en caso de subsistir diferencias, acuerdan someterse a la jurisdicción de los Tribunales competentes de la Ciudad de México.
Las Partes manifiestan haber leído el presente Contrato y sus Anexos, así como estar de acuerdo con todos sus Términos y Condiciones, por lo que mediante la confirmación de la Reservación, la suscripción de la Hoja de registro (Anexo A) o el uso del Inmueble, indistintamente, otorgan su consentimiento para obligarse de común acuerdo conforme al mismo, en la Ciudad de México, en la fecha en que se actualice cualquiera de dichos supuestos. LAS PARTES.
REGLAMENTO DEL INMUEBLE (ANEXO B)
Para efectos de este Reglamento, por Inmueble debe entenderse indistintamente tanto el edificio o lugar donde en su conjunto se prestan los Servicios de Hospedaje materia del Contrato, como el espacio, habitación o apartamento Reservado específicamente por el Huésped. Cuando se haga referencia concreta a “los espacios privados del inmueble” se entenderá esto último.
De conformidad con lo previsto en el Contrato, durante su estancia en el Inmueble y por el sólo hecho de utilizarlo, el Huésped y sus acompañantes y visitantes, se sujetarán a las siguientes reglas:
1. El Anfitrión no se hace responsable por valores, documentos, alhajas, dinero, etc., olvidados en los espacios privados o áreas públicas del inmueble, si estos no son depositados en las cajas de seguridad y registrados.
2. La hora de salida (Check-out) es a las 10:00 (diez) horas. Si desea cambiar la fecha u hora de salida o agregar un acompañante, deberá notificarlo al Anfitrión, y cubrir los precios vigentes en términos de la Lista de Tarifas (Anexo C).
3. En caso de requerir servicios complementarios, deberá solicitar la Lista de precios de Servicios Complementarios (Anexo D).
4. Los daños o pérdidas causados al Inmueble, su menaje, instalaciones o acabados, que sean debidamente comprobados de acuerdo con la depreciación del bien, serán cargados automáticamente al Huésped a través de la forma de pago preautorizada al valor de remplazo del mismo o valor de resarcir el daño.
5. Toda persona que ocupe el Inmueble deberá registrarse previamente en la Hoja de registro (Anexo A) y observar las normas de higiene y convivencia social.
6. Queda estrictamente prohibido el acceso al Inmueble con todo tipo de armas, sin contar con la licencia o autorización correspondiente vigente, en términos de los artículos 24 y 35 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. En estos casos la portación de armas no deberá alterar la paz y el orden en el Inmueble.
7. Sólo se permiten en el Inmueble perros de asistencia o de compañía, autorizados previamente por el Anfitrión.
8. Los perros deberán encontrarse en todo momento con correa o arnés, en todos los espacios de acceso al público; y no podrán dejarse solos en ningún momento, ni siquiera dentro de los espacios privados del inmueble.
9. Los espacios privados del inmueble deberán destinarse exclusivamente para su uso habitacional, debiendo cuidarlos, tanto el Huésped como sus acompañantes, como propios.
10. Se prohíbe sacar muebles, blancos, enseres, artículos de decoración o cualquier otro objeto de los espacios privados del inmueble.
11. No se permite realizar actividades que generen ruido que afecte a terceros, o que alteren el orden público o el interés social en el Inmueble.
12. No se permite realizar conductas contrarias a las normas, o que sean ofensivas o discriminatorias, en el Inmueble.
13. No se permite fumar en los espacios privados del inmueble, ni en todos los espacios cerrados de acceso al público del Inmueble.
14. El Anfitrión deberá dar aviso a las autoridades competentes en caso de que se afecte la seguridad de las personas, se altere el orden público o el interés social, o sea posible la comisión de un delito en el Inmueble.
15. Se deberá permitir el acceso a las autoridades competentes, a los espacios privados del inmueble, en cualquiera de los casos señalados en el inciso anterior y, en caso contrario, estará permitido el uso de la fuerza pública.
16. El uso estacionamiento, en su caso, es de cortesía por parte del Anfitrión, por lo que éste no se hace responsable por los daños materiales, robos o pérdidas, totales o parciales, sufridos por el vehículo del Huésped o por los objetos en su interior.
17. Las grabaciones de las cámaras de seguridad ubicadas en los espacios de acceso al público, sólo podrán ser proporcionadas a las autoridades competentes que lo soliciten por causas justificadas.
18. A más tardar el día del Check-out, el Huésped deberá haber cubierto la Tarifa total del Hospedaje y el precio total de los servicios complementarios.
19. Se encuentra estrictamente prohibido ingresar a los demás espacios privados, apartamentos o habitaciones, sin el consentimiento expreso de sus ocupantes, y siempre y cuando la capacidad de aforo lo permita.
20. Las horas de silencio en el Inmueble son de las 23:00 a las 9:00 am.
21. Todos los bienes olvidados en el Inmueble serán retirados y depositados con cargo al Huésped, conforme a la tarifa señalada en la Lista de Tarifas (Anexo C).
22. El Huésped desarrollará sus actividades evitando generar algún tipo de contaminación y afectar la salud, la calidad del aire, el clima, la conservación del medio ambiente, la protección ecológica o provocar daños al ambiente, la biodiversidad y los recursos naturales.
CONTRATO DE SERVICIOS DE HOSPEDAJE Y DE ESTANCIA TURÍSTICA EVENTUAL. HOJA DE REGISTRO (ANEXO A) FECHA:________
Anfitrión: {{HOST_NAME}}
Domicilio: {{ADDRESS}}
Teléfono: {{HOST_PHONE}}
Portal del huésped: {{GUEST_PORTAL_URL}}
Huésped: {{GUEST_NAME}}
Teléfono: {{GUEST_PHONE}}
Nacionalidad:
Ocupación:
ID:
TAX ID:
Domicilio:
Email:
R E S E R V A C I O N
Canal reserva: {{CHANNEL_NAME}}
Nombre de listado: {{LISTING_NAME}}
Código Confirmación: {{CHANNEL_RESERVATION_ID}}
Código Listado: {{LISTING_ID}}
Código Hostaway: {{HOSTAWAY_RESERVATION_ID}}
Fecha reserva: {{RESERVATION_DATE}}
Fecha entrada: {{CHECKIN_DATE}}
Hora entrada: {{CHECKIN_TIME}}
Fecha salida: {{CHECKOUT_DATE}}
Hora salida: {{CHECKOUT_TIME}}
Número noches: {{NIGHTS}}
Número de Huéspedes: {{NUMBER_OF_GUESTS}}
Número adultos: {{NUMBER_OF_ADULTS}}
Número menores: {{NUMBER_OF_CHILDREN}}
Número mascotas: {{NUMBER_OF_PETS}}
Acompañantes:
Adultos: (nombres)
Menores: (nombres)
Relación:
ID:
Mascotas:
Servicios adicionales de Hospedaje (Anexo C) (en su caso) – Tarifa:
Servicios adicionales de Hospedaje (Anexo C) (en su caso) – Tarifa:
1. Servicio para perros de compañía ☐
Total noches × tarifa: $15.00 USD o $300.00 MXN por noche
Reembolso por buen comportamiento: $5.00 USD o $100.00 MXN
Cálculo: $15.00 USD × __ noches = $_____ USD; $300.00 MXN × __ noches = $_____ MXN
2. Huésped adicional ☐
Total noches × total huéspedes adicionales × tarifa: $10.00 USD o $200.00 MXN por persona por noche
Cálculo: $10.00 USD × __ huéspedes × __ noches = $_____ USD; $200.00 MXN × __ huéspedes × __ noches = $_____ MXN
3. Early check-in a las 13:00 ☐ (sujeto a disponibilidad)
Tarifa: $9.00 USD o $199.00 MXN
Cálculo: $9.00 USD × __ = $_____ USD; $199.00 MXN × __ = $_____ MXN
4. Early check-in a las 12:00 ☐ (sujeto a disponibilidad)
Tarifa: $15.00 USD o $299.00 MX